En nuestra experiencia como una de las mejores asesorías fiscales en Gijón hemos observado que cada vez más personas demandan nuestros servicios porque necesitan de ayuda profesional y especializada a la hora de gestionar los temas contables, fiscales, laborales y jurídicos en sus empresas o negocios. Esta ver queremos aprovechar las próximas líneas para explicarte quién se encarga de pagar la nómina a un empleado que se encuentra de baja médica y cuáles son las obligaciones de la empresa.
En el caso de que la baja se produzca debido a una enfermedad común o un accidente no laboral, el trabajador no cobrará los tres primeros días de baja siempre y cuando el convenio colectivo no diga lo contrario. Por norma general el empleado percibe a partir del cuarto día un 60% del salario base cotizado el mes anterior, hasta el día 15 de la baja. En este supuesto el pago de la nómina siempre será asumido por la empresa. Sin embargo a partir del día 16 y hasta el 20, la Mutua o la Seguridad Social correrá con el 60% de la base de su cotización. A partir del día 21 este porcentaje se eleva hasta el 75% y seguirá corriendo a su cargo.
Como una de las asesorías fiscales en Gijón de referencia nos gustaría señalar que la empresa nunca tendrá que abonar la nómina del trabajador durante el transcurso de la baja a partir del día en que la Mutua o la Seguridad Social se encarguen de ello. En cambio lo que debe hacer es adelantar el suelo correspondiente hasta que la Seguridad Social se lo descuente de las cotizaciones sociales.
En Asturiana de Asesoramiento encontrarás a los mejores profesionales especializados en la gestión de temas fiscales, laborales, contables y jurídicos. Nos avala una dilatada trayectoria en el sector y te garantizamos un trato personalizado y a medida.